Marco legislativo para la retirada de materiales con amianto
El amianto es una sustancia química clasificada como cancerígena de primera categoría (C1) según lo establecido en el RD 363/1995, de 10 de marzo, por el que se regula la Notificación de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas.
También le son de aplicación el RD 374/2001, de 6 de abril y el RD 665/1997, de 12 de mayo.
Sin embargo, el texto legal que más le aplica es el RD 396/2006, de 31 de mar-zo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, que adapta la normativa española a la europea. Es este RD y las numerosas guías de aplicación los que deben tomarse como base para la redacción de los planes de seguridad.
Ámbito de aplicación
El RD 396/2006 es de aplicación a todas las operaciones, trabajos y actividades en las que los trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de amianto o de materiales que lo contengan.