RERA: Registro de empresas con riesgo de amianto
RERA son las iniciales de Registro de Empresas con Riesgo de Amianto.
Deben inscribirse todas las empresas que realicen trabajos en los que los trabajadores estén expuestos a fibras de amianto o de materiales que contengan amianto o sean susceptibles de estar expuestos, y especialmente las descritas en el artículo 3.1 del RD 396/2006.
1. Este real decreto es aplicable a las operaciones y actividades en las que los trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de amianto o de materiales que lo contengan, y especialmente en:
a) Trabajos de demolición de construcciones donde exista amianto o materiales que lo contengan.
b) Trabajos de desmantelamiento de elementos, maquinaria o utillaje donde exista amianto o materiales que lo contengan.
c) Trabajos y operaciones destinadas a la retirada de amianto, o de materia-les que lo contengan, de equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
d) Trabajos de mantenimiento y reparación de los materiales con amianto existen-tes en equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalacio-nes, estructuras o edificios.
e) Trabajos de mantenimiento y reparación que impliquen riesgo de desprendimien-to de fibras de amianto por la existencia y proximidad de materiales de amianto.
f) Transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto.
g) Vertederos autorizados para residuos de amianto.
h) Todas aquellas otras actividades u operaciones en las que se manipulen materia-les
i) que contengan amianto, siempre que exista riesgo de liberación de fibras de amianto al ambiente de trabajo.
La empresa debe darse de alta en el RERA de las Direcciones Territoriales de Empleo y Trabajo de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo del territorio donde radiquen sus instalaciones principales.